El Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases (PPWR) cambia bastante el panorama del marcado de los envases en Europa. Y hay un punto importante: no se trata simplemente de sustituir el símbolo de reciclaje actual por otro; el Reglamento introduce un sistema europeo armonizado de información sobre la composición y gestión del envase.
Desde la perspectiva de coleccionismo de miniaturas implica tres derivadas interesantes:
- El disponer de una nueva fecha de referencia como herramienta de datación de miniaturas, no solo españolas, sino a nivel europeo.
- La aparición de nuevas etiquetas o contraetiquetas adaptadas al nuevo reglamento de envases (PPWR).
- La aparición de distintas versiones de los pictogramas, en miniaturas de exportación por la obligatoriedad de rotular en el idioma del país de venta.
Actualmente nos encontramos cosas como:
- PAP 21 / PAP 22 para papel y cartón.
- PET 1, HDPE 2, PP 5, etc. para plásticos.
- GL 70, GL 71 y GL 72 para vidrios.
- El Punto Verde.
- El símbolo de la papelera/tidyman.
- Símbolos nacionales indicando el contenedor amarillo, azul, verde, etc.
- Indicaciones del tipo «reciclable», «separar y depositar en…».
El PPWR pretende armonizar toda esta información a nivel europeo.
El artículo 12 establece que el envase deberá llevar, en determinadas condiciones, una etiqueta armonizada basada en pictogramas que indique la composición material del envase y facilite su correcta separación por el consumidor.
La Comisión interpreta expresamente que las abreviaturas utilizadas por los sistemas anteriores dejarán de poder utilizarse como sistema de identificación del material una vez entre plenamente en funcionamiento el nuevo sistema armonizado.
Los Estados miembros no podrán mantener indefinidamente sus propios sistemas nacionales de marcado junto al sistema europeo armonizado.
¿Cuándo habrá que poner el nuevo símbolo?
El Reglamento entró en vigor el 12 de agosto de 2026, aunque muchas de las obligaciones concretas de marcado empiezan posteriormente (hasta 12 de agosto de 2028 o 24 meses después de la entrada en vigor de los actos de ejecución que establezcan los pictogramas y especificaciones, si esa fecha fuese posterior).
